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Establecen requisitos sanitarios para la importación de ovinos y caprinos desde Canadá

Establecen requisitos sanitarios para la importación de ovinos y caprinos desde Canadá

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó los requisitos sanitarios para la importación de ovinos y caprinos vivos procedentes de Canadá, mediante la Resolución Ministerial n.° D000012-2026-Midagri-Senasa-DSA, en una medida que busca fortalecer la seguridad sanitaria del hato nacional.

La normativa establece que todos los animales deberán ingresar al país acompañados de un certificado sanitario oficial emitido por la autoridad competente canadiense, el cual garantice el cumplimiento de estrictas condiciones sanitarias tanto en el país de origen como en los establecimientos de procedencia.

Entre los principales requisitos, se exige que los animales hayan nacido y sido criados en Canadá, país reconocido como libre —sin vacunación— de enfermedades de alto impacto como fiebre aftosa, peste de pequeños rumiantes, viruela ovina y caprina, así como pleuroneumonía contagiosa caprina, entre otras.

Asimismo, se establece que las explotaciones de origen deben estar libres de enfermedades como brucelosis, tuberculosis bovina y artritis/encefalitis caprina, además de no haber registrado restricciones sanitarias ni cuarentenas recientes por enfermedades infecciosas.

En cuanto a los animales, estos deberán contar con identificación individual que garantice su trazabilidad, no haber sido alimentados con proteínas de origen rumiante y haber permanecido en cuarentena por al menos 30 días bajo supervisión oficial en Canadá, sin contacto con animales de menor estatus sanitario.

Uno de los aspectos más rigurosos del protocolo es el control frente a enfermedades como lengua azul, para la cual se establecen diversas alternativas de certificación dependiendo de la estación de exportación, incluyendo pruebas serológicas (ELISA, AGID) y moleculares (PCR), así como medidas de protección contra vectores.

Adicionalmente, los animales deberán someterse a pruebas diagnósticas negativas para enfermedades como epididimitis ovina, paratuberculosis, fiebre Q y aborto enzoótico, entre otras, además de recibir tratamientos antiparasitarios antes del embarque.

El Senasa también dispuso que, una vez en territorio peruano, los animales importados deberán cumplir una cuarentena obligatoria mínima de 30 días en instalaciones autorizadas, donde estarán sujetos a vigilancia sanitaria.

La entidad advirtió que, en caso de que la certificación sanitaria no cumpla con los requisitos establecidos, la mercancía será rechazada y devuelta al país de origen, reforzando así las medidas de prevención frente al ingreso de enfermedades exóticas.

Con esta disposición, el Perú reafirma su compromiso con la protección de su sanidad animal, asegurando que la incorporación de material genético o reproductivo proveniente del exterior se realice bajo estándares internacionales y sin comprometer la producción pecuaria nacional.

Fuente: Senasa Perú

Un grupo de cabras en la nieve foto – Imagen de Montaña gratuita en Unsplash

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