COVID-19 en la ganadería y agricultura: preguntas frecuentes

Compartimos un texto interesantísimo de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) de España, que creemos servirá para nuestro contexto nacional, además de cómo siempre generar el debate de ideas.

Fuente: UPA

Estos días de Estado de Emergencia debido a la pandemia del coronavirus (COVID-19) surgen numerosas dudas y consultas entre los agricultores y ganaderos. Por ello iremos tratando de resolverlas, siempre haciendo referencia a las fuentes confiables. Nuestro objetivo es despejar incertidumbres y ayudar a los profesionales de la agricultura y la ganadería a trabajar con mayor tranquilidad, dentro de la situación de excepcionalidad que estamos viviendo en el mundo.

Durante el Estado de Emergencia, se ha decretado el confinamiento de todas las personas para evitar la propagación del virus. Esta es la norma general.

Sin embargo, con el objetivo de mantener los servicios básicos a la población, se han determinado una serie de actividades económicas esenciales que hay que seguir manteniendo activas.

La producción de alimentos es una de ellas, y por tanto los agricultores y ganaderos, y el resto de actividades relacionadas con la producción primaria deben seguir funcionando con las precauciones sanitarias que limiten la posibilidad de expansión del virus.

Por ello, es necesario que los agricultores y ganaderos y todas las personas que trabajan en el sector agrario, respeten escrupulosas normas de seguridad, en cuanto a contacto entre personas y en la utilización de aquellas medidas de higiene y de precaución que se puedan tomar.

¿Cómo debo desplazarme durante el Estado de Emergencia?

El desplazamiento es uno de los puntos críticos en este momento. Como norma general todos los desplazamientos privados deben hacerse de manera individual. Siempre que sea posible hay que respetar esta norma.

En aquellos casos en los que haya que desplazar a trabajadores al campo y no puede hacerse de manera individual, deberían existir una serie de excepciones. Ejemplo: aunque no hay una norma clara que lo indique el criterio que se debería siguir por las autoridades es permitir que vayan 2 personas en un coche de 5 plazas, 3 en uno de 7 y 4 en uno de 9. En transportes con mayor capacidad hay que respetar el límite del 30% de ocupación. En todos estos casos es fundamental que se respeten todas las medidas de precaución posibles y que la distancia entre los ocupantes del vehículo sean las mayores posibles.

La policía me dice que no debo ir a la explotación, ¿es eso cierto?

En todo caso los desplazamientos de los agricultores, ganaderos y resto de trabajadores a la explotación debiera estar permitido. Es el agricultor o el ganadero el que tiene que asegurarse que todos sus desplazamientos se realizan extremando las medidas de precaución y limitando todos los movimientos que se puedan considerar no fundamentales.

¿Puedo contratar trabajadores durante el Estado de Emergencia?

El Estado de Emergencia no establece ninguna limitación a la contratación de trabajadores. En cualquier caso es necesario hacer un análisis de las necesidades de la explotación, y organizar el trabajo de manera que se tomen las medidas de precaución más adecuadas.

¿Debo tomar alguna precaución especial al manipular alimentos?

La manipulación de alimentos en cualquier caso, no solo ahora por esta situación excepcional, debe realizarse con las máximas garantías de higiene posibles.

Si tengo síntomas de COVID-19, ¿qué debo hacer?

Las autoridades sanitarias han dado recomendaciones prácticas sobre la actuación en caso de presentar síntomas que puedan estar relacionados con el virus.

La línea 113 es la primera opción

Las personas de cualquier parte del territorio nacional pueden comunicarse con los especialistas a través de la línea gratuita 113, desde cualquier operador de telefonía fija o móvil a nivel nacional. Además, tenemos a su disposición para temas de información y orientación en salud el número de whatsApp 952 842 623 o a través del correo electrónico: infosalud@minsa.gob.pe

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