Fuente: Agalep
En una exitosa mesa técnica realizada el 25 de agosto en la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa), representantes de esta institución y directivos de la Asociación de Ganaderos Lecheros del Perú (Agalep), entre los que se encontraron la presidenta de este gremio, Sra. Nivia Vargas y el directivo Ing. Javier Valera, resolvieron el respaldo al decreto supremo 004-2022 MIDAGRI, que regula el uso correcto de la denominación leche evaporada solo cuando el producto lácteo es elaborado a base de leche fresca de vaca.
Esta reunión a la que además asistieron representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), supone un paso adelante para el sector ganadero, que a partir del 4 de octubre, fecha en la que se hace efectiva la norma técnica, tendrán una mayor demanda por parte de la empresa privada.

El decreto 004-2022 MIDAGRI obliga a la industria láctea a adecuarse a las nuevas medidas de producción, que respetan la denominación correcta sobre la leche fresca no solo en los productos lácteos, sino en todos los productos que produzca. Es decir si opta por introducir al mercado peruano un nuevo producto a base de leche en polvo, tendrá que especificar en la etiqueta y medios de información que dicho producto está constituido por esta mezcla láctea.
Asimismo, trascendió que Digesa está elaborando una nueva norma de reglamentación técnica enfocada a las pequeñas y medianas empresas, en donde se especificarán aspectos como la protección comercial, sanidad y adecuada elaboración de subproductos lácteos como el yogur o los quesos artesanales. Digesa estaría trabajando en una reglamentación orientada a plantas pequeñas y medianas qaue están orientadas a la fabricación artesanal de subproductos.
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